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El máximo juzgado amagó con una sanción económica en caso de no realizar el cambio que guarda relación con la interrupción legal del embarazo.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación envió una advertencia al Poder Legislativo del Estado de Yucatán sobre una sanción económica a la que el órgano se haría acreedor en caso de no modificar el Artículo 1° de la Constitución local, que debe garantizar los derechos de todos los ciudadanos, incluyendo los derechos de la mujer sobre su cuerpo.
Fue al fin de la sesión de la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación del Congreso de Yucatán, cuando el presidente, Alejandro Cuevas Mena, leyó el oficio girado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
Al dar cuenta de la parte final del documento, el diputado destacó que la Legislatura está ya notificada. El legislador leyó:“De la tabla comparativa realizada entre las posiciones normativas de los presupuestos declarados inválidos con la primera sala del alto tribunal y las acciones realizadas por el Congreso del Estado de Yucatán, se advierte claramente que la ejecutoría del amparo no se cumplió a cabalidad, repito, no se cumplió a cabalidad, debido a que no se hizo reforma alguna al artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Yucatán”.
El presidente de la comisión le ordenó a José Julián Bustillos Medina que le diera lectura a la petición del máximo juzgado, para eliminar la frase que reconoce, protege y garantiza “el derecho a la vida de todo ser humano desde la concepción”.
“Reconocimiento de derechos humanos. Artículo único. Se reforma el párrafo cuarto del artículo 1 de la Ley de Protección Política del Estado de Yucatán para quedar como vigente. Artículo 1. El Estado de Yucatán reconoce, protege y garantiza el derecho a la vida de todo ser humano. Transitorio. Primero, entrar en vigor. La Ley de Protección entrará en vigor el día siguiente a la promulgación del decreto oficial del Gobierno del Estado de Yucatán”, leyó.
Esto generó la reacción de la bancada de Acción Nacional por medio de su coordinador, Roger Torres Peniche, quien recordó que la Sexagésima cuarta Legislatura se encuentra en receso y que no es necesario convocar un periodo extraordinario. “De tiempos legislativos, sobre todo que la sentencia habla expresamente de periodo ordinario, y ahorita estamos convocando un periodo extraordinario”, advirtió.
Entonces, si estamos queriendo ser más legalistas que el Papa, pues veo que ustedes están pasando la sentencia por un periodo extraordinario en lugar de esperar a que inicie próximamente el periodo ordinario que corresponde”, respondió.
Sin embargo, el presidente de la Comisión precisó que el oficio de la Suprema Corte pidió “la mayor celeridad” posible. “No es seguir pateando la lata, sino que dice, incluso, que además de que no se ha dado cumplimiento, se requiere al Congreso del Estado, y este tiene que informar a la celeridad posible, a este juzgado, las gestiones que realice para complementar la sentencia de amparo”.
Ahora le tocará a la diputación permanente o a la Mesa Directiva, cuyas presidencias recaen en la misma persona, en la diputada Claudia Estefanía Baeza Martínez, en convocar o no, a un periodo extraordinario para atender el mandato de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.